Contribuyentes aún pueden pagar el impuesto predial por cuotas y evitar intereses moratorios
Con el propósito de facilitar el pago oportuno del impuesto predial, la Secretaría de
Hacienda mantiene vigente el sistema de pago por cuotas, una alternativa que
permite a los contribuyentes distribuir el valor del impuesto a lo largo del año y
organizar mejor sus finanzas.
Esta modalidad, respaldada por las resoluciones 432 de diciembre de 2025 y 094 de
marzo de 2026, busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y
brindar mayor flexibilidad para que las familias y empresas organicen sus finanzas
sin asumir el pago total del impuesto en una sola fecha.
Tenga en cuenta que las próximas fechas de vencimiento para quienes se acogieron
al sistema son:
30 de junio: quinta cuota.
31 de julio: sexta cuota.
31 de agosto: séptima cuota.
30 de septiembre: octava y última cuota.
La Secretaría de Hacienda resalta que este beneficio aplica únicamente para los
contribuyentes que se encuentran al día en sus obligaciones tributarias. En
consecuencia, no cobija deudas de vigencias anteriores ni predios cuyos propietarios
registren mora.
Asimismo, hizo un llamado a cumplir oportunamente con cada una de las cuotas,
teniendo en cuenta que las obligaciones pendientes comenzarán a generar intereses
moratorios a partir del 1 de octubre de 2026.
Con este mecanismo, la Administración Municipal continúa promoviendo alternativas
que faciliten el pago oportuno de los tributos, fortalezcan la cultura tributaria y
contribuyan al recaudo de los recursos destinados a la inversión y al desarrollo del
municipio.
Comenta en La Agenda 24/7