Contratar a mujeres víctimas de violencia, programa Incentivo Violeta para la empresa privada lanzó Gobierno nacional

Las empresas que contraten a mujeres víctimas de la violencia de género podrán deducir del impuesto de renta el 200 por ciento del valor de los salarios y las prestaciones sociales pagadas durante el periodo gravable correspondiente, anunció la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.

La medida está contenida en el Incentivo Violeta, instrumento puesto en marcha hoy por la cartera de Trabajo y la DIAN, en alianza con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el fin de promover la igualdad de género en el país.

“Empoderar económicamente a las mujeres, en especial a las que han sufrido diferentes tipos de violencias, contribuye directamente a la igualdad de género, erradicación de la pobreza y crecimiento económico inclusivo’, expresó la ministra Gloria Inés Ramírez.

 El director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, precisó: “El salario pagado a mujeres víctimas de violencia puede deducirse un 200 por ciento a la hora de hacer el impuesto de renta y esto les puede representar una reducción significativa en lo que tienen que pagar’.

“Es un aporte muy importante a la sociedad y a las personas que en este momento están marginadas, pero que queremos incorporar plenamente a la vida laboral y a sus derechos como ciudadanas’, recalcó.

La medida es un avance en el cumplimiento del programa de gobierno del hoy presidente Gustavo Petro en el pilar el cambio es con las mujeres y de la estrategia para que la igualdad sea cada vez más real en la sociedad.

Acompañamiento

?La cartera de Trabajo acompañará a las empresas para que, de la mano con el Ministerio de la Igualdad y los mecanismos de género en todo el país, se identifique a las mujeres objeto de este incentivo.  

En alianza con la Junta Central de Contadores de Colombia, se activarán canales virtuales para asesorar a los empleadores interesados en la iniciativa tributaria.  

¿Cómo será el incentivo?  

?—Debe solicitarse a partir del período gravable que corresponda a la vinculación directa de la trabajadora víctima de violencia comprobada y hasta por un término máximo de tres años por cada trabajadora vinculada, si la relación laboral perdura tal como lo dispone la ley.

—El monto de la deducción será del 200 por ciento del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados durante el año o periodo gravable a partir del inicio de la relación laboral y hasta por un término máximo de tres años, si esta se mantiene.

—La deducción no se aceptará sobre los pagos realizados a trabajadores/as a través de empresas de servicios temporales.

—Es necesario que las decisiones y medidas en favor de la mujer víctima de la violencia hayan sido dictadas con posterioridad a la expedición de la Ley 1257 de 2008 y que la vinculación laboral se haya iniciado después de la adopción de las mismas. 

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