Ojo a la restricción de motocicletas en Yopal

El Decreto 150 del 27 de octubre de 2026 establece una restricción nocturna para
motocicletas en todo el municipio de Yopal, de 10:00 p. m. a 5:00 a. m. del día
siguiente, durante dos puentes festivos de noviembre. La medida se aplicará por
jornadas y no de manera continua: durante el día, las motocicletas podrán circular
con normalidad.


El primer periodo comprende las noches del viernes 30 y sábado 31 de octubre, y del
domingo 1 y lunes festivo 2 de noviembre. Cada jornada comenzará a las 10:00 p. m.
y terminará a las 5:00 a. m. del día siguiente; la última finalizará el martes 3 de
noviembre. El segundo periodo seguirá el mismo esquema: noches del viernes 13,
sábado 14, domingo 15 y lunes festivo 16 de noviembre, hasta las 5:00 a. m. del
martes 17.


La decisión se sustenta en las cifras de siniestralidad vial citadas en el decreto. Entre
enero y septiembre de 2026 se registraron 45 personas fallecidas en siniestros viales
en Yopal. El documento también señala que, durante 2025, 57 de las 69 víctimas
fatales eran motociclistas, equivalentes al 82,6 % del total.


¿Quiénes están exentos de la restricción?
El decreto contempla excepciones para los siguientes grupos, siempre que cumplan
las condiciones y presenten los documentos exigidos:
Fuerza pública y autoridades: integrantes de la Fuerza Pública, organismos de
seguridad del Estado, Policía Judicial y autoridades de Tránsito y Transporte, así
como personal de organismos de emergencia, socorro, prevención y salud.
Seguridad privada: personal que esté cumpliendo labores para una empresa de
seguridad privada y porte el carné, el uniforme definido por la empresa y la
autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia.

Personas con discapacidad y cuidadores: personas cuya condición motora, sensorial
o mental limite su movilidad, debidamente acreditadas conforme a la normativa
vigente, y cuidadores certificados.
Servicios domiciliarios: trabajadores que presten estos servicios y porten la
identificación que acredite su labor.
Controles y sanciones
Los agentes de tránsito realizarán controles en todo el municipio para verificar el
cumplimiento de la medida. De acuerdo con el decreto, quienes la incumplan podrán
recibir un comparendo por la infracción C14 del artículo 131 del Código Nacional de
Tránsito.

La Agenda 24/7

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