Planeación de Yopal da reversazo en proyecto de loteo

La Secretaría de Planeación de la Alcaldía Municipal de Yopal se permite informar a la
ciudadanía, a los medios de comunicación y a la opinión pública en general que, en relación
con la información difundida recientemente a través de las redes sociales institucionales
respecto al estado del proyecto denominado «ENCANTO DE SIRIVANA», promovido por la
empresa constructora y propietaria CONSTRUCTORA ECOBLOCK GROUP SAS, que
mediante Resolución No 018 del 06 de abril de 2026 de la Secretaría de Gobierno,
inscribió en nombramiento como Administrador y Representante Legal Provisional de la
Propiedad Horizontal del proyecto ubicado en la supermanzana 01 del predio “La Reserva”
ubicado en la vereda Sirivana al señor JOSE ALEXANDER PARRA DÍAZ.


Se aclara formalmente que el mencionado proyecto urbanístico ubicado en el predio
identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 470-13248 cuenta con Licencia
Urbanística en la modalidad de Parcelación otorgada mediante Resolución No. 85001-2-23-
0357 del 04 de julio de 2024, la cual fue posteriormente modificada a través de la
Resolución No. 85001-2-24-0429 del 15 de noviembre de 2024 por la Curaduría Urbana 2
de Yopal., razón por la cual, la información que reposa en el Código QR publicado y donde
se presenta LOS PROYECTOS LEGALES E ILEGALES DEL MUNICIPIO DE YOPAL será
actualizada.
https://www.yopal-casanare.gov.co/noticias/yopal-habilita-codigo-qr-para-verificar-legalidad-
de
Esta aclaración se emite tras una revisión técnica y jurídica efectuada por el equipo de esta
Secretaría sobre el expediente oficial solicitado a la Curaduría Urbana 2 del Municipio de
Yopal y a la revisión del folio de matrícula inmobiliaria No. 470-13248.
Es sumamente importante precisar a la comunidad que los citados actos administrativos
autorizan la parcelación para el proyecto “ENCANTO DE SIRIVANA” en la supermanzana
01, con 4 manzanas de uso (A – D) de veinticinco (25) lotes privados destinados al uso de
vivienda campestre y la manzana E destinada para áreas de servicio y zonas comunes,
de acuerdo con los planos y diseños aprobados en el trámite.


La Alcaldía Municipal de Yopal y la Secretaría de Planeación reiteran ante la comunidad su
firme compromiso con el seguimiento urbanístico y el rigor técnico, pero también con el
respeto absoluto a la seguridad jurídica de las iniciativas que cumplen a cabalidad con la
normatividad vigente.


De igual manera, se extiende un llamado preventivo y orientador a los ciudadanos y
miembros de la comunidad que estén interesados o en proceso de adquirir un predio dentro
de este proyecto, informándoles que la posesión del lote no los faculta automáticamente para
construir. Por lo tanto, cada comprador deberá tramitar y obtener de manera individual la
correspondiente Licencia de Construcción ante las autoridades urbanísticas competentes
(Curadurías Urbanas 1 y 2 del Municipio de Yopal), como requisito previo e indispensable para poder adelantar legítimamente cualquier actividad de edificación o desarrollo de su
vivienda campestre, garantizando así el cumplimiento de las normas urbanísticas vigentes.

La Agenda 24/7

Comparte

Comenta en La Agenda 24/7

Más Noticias